sábado, 23 de febrero de 2008

BASES DE UNA MEDIACIÓN EFECTIVA


Establecimiento de las Bases de una Mediación Efectiva

1. Diseño de un Plan para la Mediación
El plan de la Mediación es una secuencia de pasos de procedimiento promovidos por el interventor, los cuales ayudarán a los negociadores en conflicto a alcanzar el acuerdo.

a. Legitimidad de los Actores o Participantes
En muchos casos es evidente quiénes deben participar en las negociaciones. En los divorcios, el marido y la mujer tienen que comparecer; en las disputas obrero-patronales, deben asistir el trabajador y la administración. Sin embargo, hay ocasiones en que la legitimidad de los actores no está definida claramente; por lo que, los participantes en la mediación deben ser quienes:
§ Tienen el poder o la autoridad para adoptar una decisión.
§ Poseen la capacidad, si no están comprometidos, de revertir o perjudicar un arreglo negociado;
§ Poseen cualidades de negociación
§ Controlan sus propios sentimientos
§ Son aceptables a las restantes partes
§ Han demostrado o pueden demostrar que negocian de buena fe.

Los mediadores por su parte deben solicitar que quienes participen dentro de la mediación tengan un compromiso directo con la disputa; las partes que poseen autoridad de decisión; las partes que contribuyen positivamente a la decisión; las partes que respetan las pautas de la mediación.

b. Lugar de la Mediación
El lugar elegido para realizar la mediación puede modificar de manera significativa la interacción de las partes. Lo ideal es elegir un terreno neutral, donde ninguna de las partes posea una fuerte identificación emocional o el control físico del espacio.

Esto beneficia:
§ Controlar las posibles interrupciones
§ Ninguna de las partes puede manipular el uso del espacio
§ Puede mantenerse cierta distancia de la sede del conflicto y de otros factores de distracción.
§ La distancia con respecto al ambiente usual puede fomentar la distancia psicológica necesaria para la exploración franca de las cuestiones.
§ El empleo del tiempo puede ser determinado por las partes más que por el lugar.
§ Se limita la posibilidad de escuchar aparatos de escucha clandestinos o de oir subrepticiamente lo que se habla.
§ Todas las partes afrontan el mismo impedimento psicológico, derivado del hecho de que se encuentran en un lugar nuevo.

Distribución Física del Ambiente
La distribución espacial puede afectar la dinámica y el resultado de las discusiones.
La disposición física se refiere a la ubicación de los asientos, la forma de la mesa, el espacio asignado a las partes y el que se establece entre ellos, los objetos físicos que indican la autoridad o las diferencias de poder, y el espacio para la interacción privada.

Algunos autores consideran que sentar a una parte frente a la otra parece determinar un comportamiento más polarizado y competitivo que los asientos uno al lado del otro.
En las disputas encrespadas, el mantenimiento de una distancia segura y el uso de una mesa como obstáculo físico, pueden ser fundamentales para impedir la escalada de la violencia.

Además, la forma de la mesa y la disposición de los asientos pueden utilizarse para atenuar las diferencias entre las partes. Los mediadores a menudo usan mesas redondas porque de ese modo no hay ninguna indicación física de la existencia de un límite entre los representantes de las partes en disputa. En ciertos casos los mediadores pueden eliminar las mesas o los obstáculos entre los litigantes para aumentar la proximidad física o promover el informalismo. En los conflictos interpersonales, una sala de estar sin mesas puede ser más adecuada que un salón de conferencia formal.

También es importante la forma de las salas de espera y las destinadas a las reuniones parciales,. Los mediadores necesitan salas de espera de modo que el interventor no necesite asociarse públicamente con una de las partes antes de las reuniones conjuntas. Las partes pueden percibir esta fraternización como un comportamiento parcial. En las situaciones irritantes, los mediadores también pueden usar las salas de espera separadas para albergar a las partes hostiles.

Las habitaciones destinadas a las reuniones individuales son instalaciones en que los participantes pueden reunirse a solas con el mediador; deben estar cerca de la sede de las negociaciones conjuntas, pero suficientemente apartadas como para suministrar cierta intimidad visual y auditiva.

d. Contacto Inicial con las partes. El discurso del Mediador.
El primer contacto que tiene el mediador con las partes, generalmente se da en una sesión conjunta, es decir con la participación de ambas partes. Esta sesión inicial conjunta, es un breve período introductorio de la sesión de mediación, por lo que el mediador intentará lograr tres objetivos:
· dar información a las partes,
· lograr la confianza de las mismas,
· obtener información acerca de la disputa y las personas involucradas en ella.

Aunque según como se presenten las partes quizás haya que improvisar algo diferente en cuanto a cómo empezar a dirigir la audiencia, es menester hacer una exposición inicial formal para describir las responsabilidades del mediador, su actitud y las reglas a seguir para conducir la audiencia.

Cada mediador debe encontrar una manera de comunicar la información.

Un discurso de apertura es importante por cuanto:
· establece las reglas básicas y el rol del mediador,
· asienta el control de la audiencia por parte del mediador,
· sirve para que los presentes se sientan cómodos,
· comunica la sensación de que el mediador tiene seguridad y está adiestrado, invitándolos a confiar en él y en el procedimiento,
· permite que reconozcan y acepten la discordancia entre lo que creían poder obtener a través de la mediación y la realidad.

El discurso de apertura debe ser claro y conciso. No debe utilizarse vocabulario especializado y difícil de entender. Pronunciar el discurso de apertura es difícil.
Hace falta:
· encontrar las palabras justas para expresar en vocabulario adecuado la información necesaria de una manera imparcial,
· encontrar el propio lenguaje corporal
· y observar, analizar y estudiar el lenguaje corporal de los presentes.
· Exige práctica y ensayo. -
· Pueden tenerse los puntos principales escritos como apuntes, pero no puede leerse, sino que hay que decirlo mirando a las partes.
· Cada mediador debe prepararlo de acuerdo a su propia personalidad.

PUNTOS A TENER EN CUENTA
1. Autopresentación y decisión sobre el modo de dirigirse a las partes.
Esto parece simple pero antes de hacerlo el mediador debe decidir cómo quiere que las partes se dirijan a él, pues así se presentará con:
· nombre de pila
· apellido
· nombre y apellido
· título universitario o tratamiento académico
· carácter de funcionario.
Esto servirá para establecer el tono o clima de la audiencia.

2. Aclaración sobre la imparcialidad y asentamiento de credenciales
Procede que el mediador haga ciertas aclaraciones a efectos de poner a la vista, frente a los interesados, la imparcialidad que lo guía en el caso y que asiente suficientes credenciales como para inspirar la adecuada confianza.

3. La imparcialidad
Es fundamental la aclaración en cuanto a que no existe parcialidad alguna por parte del mediador. ¿Cómo hace para asegurarles eso a las partes? Puede explicitar que no ha conocido antes a ninguno de los presentes, o que no ha hablado sobre las cuestiones a resolver. Obviamente si el mediador conoce a alguna de las personas, no debe ocultar sino revelar tal información, sea para que otra persona pueda servir de mediador, sea para que las partes conozcan el hecho a fin de considerarlo. Si para él, el conocimiento previo no le impedirá ser objetivo, así debe decirlo, dando oportunidad a las partes para cierta oposición. En realidad, no existe una asepsia y neutralidad absoluta.

4. Explicación del papel del mediador y del concepto de mediación
El mediador debe informar brevemente a las partes sobre qué rol desempeñará durante la audiencia, y debe hacerlo aunque todos los presentes ya hayan sido informados. Dirá que su tarea consiste en escuchar, en cerciorarse de haber entendido la situación en su totalidad desde el ángulo de cada uno de los protagonistas, para luego poder determinar con ellos cómo pueden llegar a resolver su problema. Aclarará que no es su propia opinión la que vale, sino la de las partes, que él no es parte, sino intermediario para explorar opciones. Jamás debe dejar de recalcar que no es juez y que no tiene autoridad para imponer una decisión, ya que ésta solamente puede provenir de los interesados, y que su rol consiste en considerar y evaluar, junto con las partes, diferentes posibles opciones y soluciones a la situación. Debe también aclarar qué pasa si la mediación no resulta en un acuerdo, para que sepan que nada pierden y pueden acudir a otro sistema.

5. Explicación del procedimiento a seguir.
Recordamos que si bien las partes son dueñas del acuerdo, el mediador es dueño del procedimiento. El mediador debe dar a las partes lineamientos claros, acerca de la manera en que conducirá la sesión.
Para ello es preciso que abarque los siguientes puntos:
· orden de la discusión,
· no interrupción,
· respeto mutuo,
· si se permite fumar o no,
· margen de tiempo con que se cuenta para la sesión,
· toma de notas o apuntes y clarificación de su destino después de la audiencia,
· privacidad,
· rol de peritos en los casos en que participen,
· uso de la sesión privada.

6. Explicación de la regla de confidencialidad
Esta regla es definitoria para la mediación. Es importante que las partes confíen en la habilidad del mediador para mantener absoluta reserva sobre todo lo dicho durante las audiencias.
La confidencialidad implica que:
· el mediador no hará saber a la contraria lo que una parte le confíe en sesión privada, salvo autorización,
· el mediador no divulgará el contenido de la mediación fuera de las sesiones con las partes,
· el mediador no saldrá de testigo en favor o en contra de ninguna de las partes,
· las partes se comprometen recíprocamente a respetar el deber de confidencialidad.
Existen excepciones a la confidencialidad. El privilegio no se extiende a la información referida a la comisión de un crimen o a la violencia o abuso de menores.
Se firmará un convenio de confidencialidad.

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